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Instituciones (107)
ASAMBLEA LEGISLATIVA
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BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
1
BANCO DE COSTA RICA
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BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
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BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
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BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
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BCR-SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSION S.A.
1
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
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COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
1
COLEGIO DE MEDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
1
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
2
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMON
1
COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUNTARENAS (CUP)
1
COLEGIO UNIVERSITARIO PARA EL RIEGO Y DESARROLLO DEL TROPICO SECO (CURDTS)
1
COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS (NO USAR)
1
COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
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COMISION NACIONAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
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COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ
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CONFEDERACION COSTARRICENSE DE TRABAJADORES DEMOCRATICOS RERUM NOVARUM
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CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
2
CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
2
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS (CONICIT)
1
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES (CONARE)
1
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
96
CORPORACION BANANERA NACIONAL
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
3
DEFENSORIA DE LOS HABITANTES DE LA REPUBLICA
1
DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE TRANSITO
1
DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
1
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES
1
DIRECCION GENERAL DE TRIBUTACION DIRECTA
1
EDITORIAL COSTA RICA
1
EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE HEREDIA (ESPH)
1
FABRICA NACIONAL DE LICORES (FANAL)
1
FEDERACION METROPOLITANA DE MUNICIPALIDADES DE SAN JOSE
1
FONDO DE APOYO PARA LA EDUCACION SUPERIOR Y TECNICA DEL PUNTARENENSE
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FUNDACION DRA. ANNA GABRIELA ROSS
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FUNDACION PARA EL DESARROLLO DEL CENTRO BIOLOGICO LAS QUEBRADAS (FUDEBIOL)
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FUNDECOOPERACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
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IMPRENTA NACIONAL
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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
2
INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACION Y ENSEÑANZA EN NUTRICION Y SALUD (INCIENSA)
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
2
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
2
INSTITUTO DE AUDITORES INTERNOS DE COSTA RICA
1
INSTITUTO DEL CAFE DE COSTA RICA
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INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
1
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
2
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION TECNOLOGICA AGROPECUARIA INTA
1
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
3
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
1
INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
1
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO NACIONAL
1
JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
1
JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS
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MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
4
MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
3
MINISTERIO DE HACIENDA
2
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
1
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
1
MINISTERIO DE SALUD
2
MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
1
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
1
MUNICIPALIDAD DE BAGACES
1
MUNICIPALIDAD DE BELEN
1
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
1
MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
1
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
1
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
1
MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA
1
MUNICIPALIDAD DE JIMENEZ
1
MUNICIPALIDAD DE LA UNION
1
MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
1
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
1
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
1
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
1
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
1
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
1
MUNICIPALIDAD DE POCOCI
1
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
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MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA
1
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
2
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
1
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
2
MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
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MUNICIPALIDAD DE TARRAZU
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MUNICIPALIDAD DE TIBAS
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MUNICIPALIDAD DE TILARAN
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MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA
1
MUNICIPALIDAD DE UPALA
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MUSEO DE ARTE COSTARRICENSE
2
MUSEO NACIONAL DE COSTA RICA
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OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS - INS PENSIONES OPC
1
OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S.A
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PARTICULAR
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PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
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POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSION SOCIEDAD ANONIMA
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PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
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PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
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REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
1
SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION
2
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
1
TEATRO NACIONAL
1
UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
2
PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 05047 03 de junio de 2008 DAGJ-0685-2008 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Telefax: 2233-0911, 2233-0907 Apartado 745-1150 La Uruca, San José Estimada señora: Asunto: Se consulta si es factible revalorizar y equiparar las dietas que se cancelan a los miembros de la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial con las establecidas para otros consejos desconcentrados del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Se refiere este Despacho a su oficio N° DE-2008-871, de fecha 09 de abril del 2008, recibido en esta Contraloría General el 18 de abril, por medio del cual consulta si es factible revalorizar y equiparar las dietas que se cancelan a los miembros de la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial con las establecidas para otros consejos desconcentrados del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como el Consejo de Transporte Público y el Consejo Nacional de Concesiones. Sobre el particular señala que el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) fue creado mediante la Ley N°6324, Ley de Administración Vial, del 10 de mayo de 1979, como un órgano técnico adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con desconcentración máxima en materia de seguridad vial, cuyas competencias se extienden a todo el territorio nacional, cuyo órgano de mayor jerarquía es la Junta Directiva, integrada por diez miembros. Asimismo, indica que el artículo 31 de la Ley 6324 estipula que la participación de los miembros de la Junta Directiva en las sesiones será remunerada mediante dietas, cuyo monto no podrá ser mayor que el fijado por ley para los consejos directivos de las instituciones autónomas cuyas sesiones no pueden exceder de ocho al mes, disposición que regirá para cualquier organismo desconcentrad ...
Fecha publicación: 09/06/2008
Fecha emisión: 03/06/2008
Documento: 05047-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Dietas


PAGE 7 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 04951 02 de junio de 2008 DAGJ-0668-2008 Señora Paquita González Haug Directora Dirección Administración de Proyectos Caja Costarricense de Seguro Social Estimada señora: Asunto: Consulta con relación a la aplicación del artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa Se atiende oficio DAP-0118-2008 recibido por esta Contraloría General el 14 de marzo de 2008, mediante el cual solicitan criterio con relación a la aplicación del artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Se indica que el primer párrafo del artículo 60 permite tres prórrogas al plazo de recepción de ofertas y el segundo párrafo por su parte, establece que ese plazo se amplía como máximo un 50% del plazo mínimo que por ley corresponda al tipo de contratación, por lo que consulta si en una la licitación pública para la cual se cuenta con un plazo mínimo de 15 días hábiles para recibir ofertas (artículo 94 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa), se deben otorgar 7 días hábiles para cada prórroga para la recepción de ofertas y, que si por ser tres las oportunidades de prórroga, en la licitación pública se cuenta con un máximo de 21 días hábiles posibles para prorrogar la recepción de ofertas. Nuestro Criterio Estudiada la presente consulta, se ha resuelto que en una primera parte se analizará el artículo 60 del Reglamento de Contratación Administrativa, relacionado con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley de Contratación Administrativa. Posteriormente, a partir de los parámetros legales que se deslinden, se interpretará la norma reglamentaria. Por último, se atenderán las preguntas concretas realizadas por la Dirección de Administración de Proyectos de la Caja Costarricense de Seguro Social. 1. Sobre el artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa A continuación, se realiza un análisis del primer párrafo del ar ...
Fecha publicación: 08/06/2008
Fecha emisión: 30/05/2008
Documento: 04951-2008.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)


DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 05125 5 de junio de 2008 DAGJ-0695-2008 Señor Ovidio Agüero Acuña Diputado Fracción Movimiento Libertario ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimado señor: Asunto: Se atiende oficio No. OAA-114-05-2008. En atención a su oficio No. OAA-114-05-2008 del 6 de mayo del año en curso, en el que plantea una serie de consultas acerca de un sistema de subasta electrónica de repuestos que estaría promoviendo el Instituto Nacional de Seguros, me permito indicarle que lamentablemente esta División no tiene conocimiento del alcance y naturaleza del sistema que usted menciona, pues no hemos detectado en nuestros registros que haya sido sometido a trámite alguno ante esta instancia, por lo que no resulta posible emitir un criterio objetivo acerca de su legalidad en los términos que usted nos lo requiere, tanto desde la óptica de la legislación actual como la que eventualmente estaría promoviendo la Asamblea Legislativa sobre la materia. Atentamente, Lic. Carlos Andrés Arguedas Vargas Gerente de División CAAV/Rbr Ni: GD-0033, 9516. Ci: Archivo Central Lic. Allan Ugalde Rojas, Gerente de Área Área de Servicios Económicos para el Desarrollo G: 2008001170-60 ] ...
Fecha publicación: 08/06/2008
Fecha emisión: 04/06/2008
Documento: 05125-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)


PAGE 6 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 04686 23 de mayo de 2008 DAGJ-0639-2008 Señor Gerardo Carballo Jiménez Director Propietario Junta Directiva Instituto del Café de Costa Rica ICAFE Estimada Señor: Asunto: Sobre régimen de incompatibilidades y prohibiciones incluidas en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N° 8422 y Ley de Contratación Administrativa N° 7494 Se atiende oficio sin número, recibido por esta Contraloría General el 28 abril de 2008, mediante el cual se solicita levantamiento de incompatibilidad de conformidad con el artículo 18 y 19 de la Ley Contra el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N° 8422. Expone el petente, que además de ocupar un puesto como director propietario de la Junta Directiva del Instituto del Café por el periodo 2006-2008; forma parte también de la de la Asociación Cámara Nacional de Procesadores y Tostadores de Café en calidad de vocal 1. Motiva su consulta el hecho de que aquella asociación de la cual forma parte, se encuentra tramitando un contrato para concesión de instalaciones públicas ante el ICAFE (de conformidad con los artículos 72 y 73 de la Ley de Contratación Administrativa), a fin de albergar las oficinas de esta asociación en un espacio no utilizado por el instituto. I. Nuestro Criterio Por tratar temas de contratación administrativa, la presente consulta obliga a examinar no sólo las disposiciones de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, sino también las de la Ley de Contratación Administrativa. Por esta razón, en primer lugar debe determinarse si tales normas son aplicables al Instituto del Café de Costa Rica (en adelante ICAFE). Posteriormente, y de resultar positivo el examen, se analizarán las normas específicas atinentes al cuadro fáctico expuesto por el consultante. i. Sobre la naturaleza jurídica del ICAFE El artículo 102 párrafo primero de ...
Fecha publicación: 06/06/2008
Fecha emisión: 26/05/2008
Documento: 04686-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 04298 12 de mayo de 2008 DAGJ-0602-2008 Licenciado Harold Aguilar Morales Regidor Propietario MUNICIPALIDAD DE LIMON Estimado señor: Asunto: Consulta si conforme al Reglamento de Gastos de Viaje de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por esta Contraloría General, está en la obligación de rendir un informe por escrito sobre una capacitación recibida. Se refiere este Despacho a su oficio de fecha 6 de mayo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 7 de mayo siguiente, por medio del cual nos consulta si conforme al Reglamento de Gastos de Viaje de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por esta Contraloría General, está en la obligación de rendir un informe por escrito sobre una capacitación recibida. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del año1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentra sujetos a la fiscalización de esta Contraloría General). Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del año 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. Por lo anterior, se reguló en esta circular en los puntos ...
Fecha publicación: 02/06/2008
Fecha emisión: 13/05/2008
Documento: 04298-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)


PAGE 9 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 04434 27 de mayo de 2008 DAGJ-0616-2008 Licenciado Rónald Peters Seevers Director Ejecutivo INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA Apartado 37-1000 San José Fax 22 22 28 38 Estimado señor: Asunto: Consulta sobre el fundamento legal para que la Junta Directiva pueda enviar un borrador del orden del día a la auditoría interna y las circunstancias bajo las cuales la auditoría interna puede asistir a las sesiones de Junta Directiva. Nos referimos a su oficio N° DEJ/606/2008 del 8 de abril de 2008, complementado con oficio DEJ/695/2008 del 21 de abril, mediante los cuales solicita nuestro criterio para que le indiquemos, lo siguiente: 1. ¿Cuál es el fundamento legal para que la Junta Directiva pueda remitir un borrador del orden del día de las sesiones de Junta Directiva a la auditoría interna? 2. ¿Cuáles son las circunstancias bajo las cuales la auditoría interna puede asistir a las sesiones de dicha Junta? Asimismo, adjunta el criterio de la asesoría legal de esa institución, en el cual se manifiesta que conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley General de Control Interno, –Ley No. 8292-, (que se refiere a la competencia que tiene el auditor interno de libre acceso a la información) sería parte de sus potestades que se le remita el orden del día de las sesiones de Junta Directiva semanalmente. En segundo lugar, considera que el orden del día, elaborado semanalmente para efectuar las sesiones ordinarias, puede ser remitido a la auditoría interna por parte de la administración, conforme a los términos en que se coordine entre ambas, bajo el entendido que de remitirse previamente a la sesión respectiva de Junta Directiva, se debe informar que la Junta Directiva podría seguir el procedimiento establecido en el artículo 54, 3) de la Ley General de la Administración Pública –en adelante LGAP-. NUESTRO CRITERIO Sobre el orden del día Como primera consideración ...
Fecha publicación: 01/06/2008
Fecha emisión: 16/05/2008
Documento: 04434-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 04789 27 de mayo de 2008 DAGJ-0653-2008 Licenciado Elías Rodríguez Chavarri Auditor Interno Instituto Nacional del Aprendizaje (INA) Estimada Señor: Asunto: Sobre autorización de gastos de viaje al exterior de la Gerencia Se atiende oficio N° AI-00312-2008, recibido por esta Contraloría General el 3 abril de 2008, mediante el cual consulta sobre quién debe extender la autorización de viajes al exterior de la Gerencia (integrada por el Gerente y dos subgerentes, uno técnico y otro administrativo), si la Junta Directiva o la Autoridad Superior Administrativa. Esto por cuanto, según el artículo 31 del Reglamento de Gastos de Viaje de Transporte para Funcionarios Públicos, se establece que “(… ) corresponde a la Autoridad Superior Administrativa del ente público respectivo, dictar el acuerdo de autorización de los viajes al exterior, así como del adelanto correspondiente, en la forma que señala el artículo 31 de este Reglamento. Se entiende como Autoridad Superior Administrativa: presidente ejecutivo, gerente general, alcalde o funcionario administrativo de mayor rango dentro de la institución u órgano, según corresponda / A vez corresponderá al jerarca dictar el acuerdo de autorización de viajes al exterior cuando se trate de la Autoridad Superior Administrativa, del auditor y sub-auditor internos y de los miembros del órgano colegiado. Se entiende por jerarca el superior jerárquico, unipersonal o colegiado del órgano o ente, quien ejerce la máxima autoridad(…)” Nuestro Criterio La consulta planteada se resuelve a partir de la lectura conjunta del artículo 7 del Reglamento de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos, (R-CO-19-2008 de las quince horas del veinticinco de abril de 2008) y del artículo 9, inciso a) de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje, N° 6868. Así, con relación a la competencia para extender autorización, el prim ...
Fecha publicación: 01/06/2008
Fecha emisión: 27/05/2008
Documento: 04789-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Administracion de Fondos Publicos


1 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 04476 19 de mayo de 2008 DAGJ-0621-2008 Señor Dagoberto Sibaja Morales Director General REGISTRO NACIONAL Fax: 2224-48-74 Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la posibilidad de aumentar el monto del subsidio económico mensual que se le entrega a los estudiantes de colegios vocacionales que realizan sus prácticas dentro del Registro Nacional. Nos referimos a su oficio número DGRN-0259-2008 del 31 de marzo de 2008, recibido en esta Contraloría General el pasado 03 de abril, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor respecto a si procede aumentar el monto del subsidio económico mensual que se le entrega a los estudiantes de colegios vocacionales que realizan sus prácticas dentro del Registro Nacional. Al respecto, nos indica que en la actualidad se les entrega a dichos estudiantes un subsidió económico de ¢30.000.00, el cual se pretende aumentar a la suma de ¢45.000.00. · NUESTRO CRITERIO: En primer término, es importante manifestar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica y en la Circular CO-529 publicada en La Gaceta 107 del 5 de junio de 2000, solo se atenderán las consultas que versen sobre materias propias de las competencias constitucionales y legales otorgadas a esta Contraloría General y siempre que no se trate de situaciones concretas que deben ser resueltas por la institución solicitante. Esta Contraloría General tiene por norma no pronunciarse sobre situaciones concretas que le corresponde a la Administración consultante atender, como lo es en este caso, la procedencia o no de aumentar en la suma de ¢15.000.00 colones el subsidio que se le ha venido otorgando a los estudiantes que realizan sus prácticas en esa institución. En ese sentido, las disposiciones y consideraciones que mediante este oficio se emiten, se plantean desde una perspectiva general, con el ...
Fecha publicación: 25/05/2008
Fecha emisión: 19/05/2008
Documento: 04476-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 04388 15 de mayo de 2008 DAGJ-0612-2008 Señora Karol Mena Sanchez Secretaria Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE OROTINA Telefax: 24287-95-43 Estimada señora: Asunto: Consultan si los miembros titulares y los suplentes del Concejo Municipal de Orotina deben rendir la póliza de fidelidad a favor de la Hacienda Pública. Con el fin de que se haga del conocimiento de los señores miembros del Concejo Municipal, nos referimos a su oficio No.CMO-139-2008, de fecha 14 de febrero del 2008, recibido en esta Contraloría General el 25 de marzo, por medio del cual solicita nos pronunciemos sobre si tanto los miembros titulares como los suplentes deben rendir la póliza de fidelidad a favor de la Hacienda Pública. I. Criterio del Despacho Como asunto de primer orden, como es de su conocimiento, mediante la Resolución N°R-CO-10-2007 de las trece horas del diecinueve de marzo del dos mil siete, esta Contraloría General emitió las “Directrices que deben observar la Contraloría General de la República y las Entidades y Órganos sujetos a su fiscalización para elaborar la normativa interna relativa a la rendición de garantías o cauciones”, las que en el punto 1.2 “regulación interna sobre la rendición de garantías”, contempla que a cada administración le corresponde reglamentar a lo interno la materia sobre la rendición de garantías a favor de la Hacienda Pública o de la institución por parte de los funcionarios encargados de custodiar o administrar, recaudar fondos y valores públicos. Asimismo, en el punto 1.3 se indica que la normativa interna debe regular los puestos sujetos a la rendición de garantías, los montos y los tipos de cauciones que deben rendir de su propio peculio los funcionarios sobre quienes recaiga esta exigencia. Sobre este particular, n ...
Fecha publicación: 24/05/2008
Fecha emisión: 15/05/2008
Documento: 04388-2008.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Funcionario de la Hacienda Publica


PAGE 6 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 04400 15 de mayo de 2008 DAGJ-0614-2008 Licenciado Carlos Guillermo Mora Mora Auditor Interno ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Solicitud de criterio en relación con el procedimiento de legalización de libros de actas en la Asamblea Legislativa. No sin antes manifestarle nuestras disculpas por el atraso en la tramitación del presente oficio debido a la intensa coordinación, análisis y estudio que el tema generó a lo interno de este órgano contralor, se refiere este Despacho a sus atentos memoriales Nos. AI. 194.2007, AI 034.2008 y 076.2008, por medio de los cuales esa auditoría interna nos manifiesta que se encuentra realizando una revisión de los procedimientos para el trámite y control de la legalización de libros de actas del Directorio Legislativo, por lo que solicita nuestra colaboración con un criterio jurídico al respecto. I. Antecedentes. 1) La Auditoría Interna recibió el oficio D.E. 1133-04-2007 del 19 de abril del 2007, remitido por la Dirección Ejecutiva, en el cual trasladó los últimos tomos que componen los libros de actas de las legislaturas 2004-2005 y 2005-2006, para que dicha Unidad de Control procediera a realizar el cierre de los mismos. 2) La funcionara encargada de la legalización de libros, así como el auditor interno, como responsable del proceso, ya no laboran en la Unidad de Auditoría Interna. Por lo que ante la ausencia de documentación clara sobre la frecuencia y alcance de dicho proceso, se determinó la necesidad de efectuar una revisión para determinar la manera en que estaba operando. 3) Para cada legislatura (periodo comprendido entre el 1 de mayo de un año y el 30 de abril del siguiente), se dispone de un libro de actas, compuesto por varios tomos consecutivos de 500 folios cada uno. En el primer folio del primer tomo de cada libro, se estampa la razón de apertura del mismo, y en el último folio del último tomo utilizado, se ...
Fecha publicación: 24/05/2008
Fecha emisión: 15/05/2008
Documento: 04400-2008.doc
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Legalizacion Libros de Actas